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Nombre:

María de Jesús Ángeles García

Matrícula:

23027548

Fecha de elaboración:

24 de febrero de 2025

Nombre del Módulo:

Dirección y negociación política

Título del trabajo:

Plan de cabildeo, comunicación y negociación política.

Nombre del Asesor:

José Ignacio Torres Justiniani




 

Desarrollo

 

Introducción. En este apartado deberás describir de manera breve, cuáles son los antecedentes, la importancia o la justificación de la temática elegida, con el propósito de ofrecer al lector un marco contextual apropiado para entender el desarrollo de tu trabajo.

 

Los desplazamientos, consecuencia habitual de experiencias derivadas de conflictos violentos, violaciones manifiestas de los derechos humanos y causas similares en las que la discriminación tiene un papel significado, generan casi siempre condiciones de sufrimiento y penalidad para las condiciones afectadas.

 

La iniciativa de ley que se busca crear es una legislación que pueda atender, prevenir y reparar el desplazamiento forzado interno que afecta a integrantes de varias familias pertenecientes a comunidades indígenas principalmente de estados del Sureste del país como son los estados de Oaxaca, Guerrero y Chiapas, quienes se ven obligadas a abandonar su hogar debido a los conflictos armados y de violencia generalizada. Lo que se busca es crear una institución pública, que tenga dentro de sus atribuciones, elaborar estudios o evaluaciones a las situaciones que atraviesan los afectados por esta causa para poder brindar las medidas adecuadas ya sea para que retornen a su lugar de origen o bien para que les brinden los medios necesarios (alimentación, educación, salud, vivienda), para subsistir y llevar una vida digna y decorosa y puedan instalarse en otro lugar distinto a su lugar de origen que les permita desarrollar una vida plena, ya que la mayoría de las familias

 

 

Atraviesan episodios de cansancio, frustración, desesperación, pues son familias que por la situación a la que se ven obligados tienen que vivir en casas prestadas o rentadas sin servicios médicos, sin asistir a centros educativos o simplemente llevar una vida en paz.

 

Análisis estratégico. Significa definir la dirección y el rumbo del Proyecto de Ley, ya sea que se trate de una ley específica o bien sobre la creación de un organismo público descentralizado; en particular se requiere hacer un análisis situacional, en donde se revise la filosofía organizacional, la estructura y los valores institucionales.

 

Actualmente, México carece de una Ley General de Desplazamiento Forzado Interno a nivel federal, lo que genera debilidad institucional y deja la responsabilidad a unas pocas entidades locales. Una institución nacional es clave para impulsar este marco normativo y coordinar acciones entre los tres niveles de gobierno.

 

Se requiere, además que el Proyecto de Ley contemple la creación de un organismo especializado que se encargue de la protección de personas afectadas por desplazamiento forzado interno y brinde asistencia técnica para fortalecer las capacidades de prevención y respuesta del gobierno y de la sociedad civil.

 

Una institución en México encargada del desplazamiento forzado interno es fundamental porque permitirá visibilizar, atender y proteger a cientos de miles de personas que abandonan sus hogares debido diversas causas como la violencia, conflictos armados, desastres o violaciones de derechos humanos, evitando que caigan en extrema vulnerabilidad.

 

La creación de una institución que atienda los temas de desplazamiento forzado interno se encargaría de facilitar soluciones a mediano y largo plazo, asegurando que el retorno a sus lugares de origen sea seguro y evitar la revictimización por parte de los actores que los obligaron a salir

 

 

Marco jurídico. Es menester definir el marco normativo que será empleado para argumentar la propuesta a través de la legislación y la jurisprudencia que se considere necesaria para apoyar dicho proyecto.

 

La comunidad internacional ha acogido los Principios Rectores como el marco normativo en el tema. Estos Principios recogen los derechos contenidos en varios instrumentos internacionales de derechos humanos y de derecho internacional humanitario, muchos de los cuáles ha suscrito México y por ende constituyen derecho positivo en nuestro país y deben ser considerados para la interpretación de la legislación relativa a los derechos humanos, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 1°, párrafos primero, segundo y tercero, y 133 constitucionales.

 

Los Principios Rectores identifican diversas acciones respecto de las cuáles los Estados se encuentran obligados ante las víctimas de Desplazamiento. Entre éstas se detectan cinco

que son relevantes: a) no discriminación; b) prevención contra el desplazamiento; c) protección durante el desplazamiento; d) asistir humanitariamente, y e) propiciar condiciones de regreso, reasentamiento e integración.

 

Se entiende por “desplazamiento forzado” todos aquellos movimientos de población generados por la violencia, que dejan como testimonio la salida abrupta        de personas, familias y comunidades que sufren una ruptura de su  sistema social, cultural, económico y familiar que los deja en una situación de extrema vulnerabilidad. En esta   perspectiva,  en Colombia se          pueden identificar tres tipos de desplazamiento forzado, de acuerdo con     el número de personas y el proceso que se da desde el lugar de partida hasta el de llegada.

 

De acuerdo con su duración, el desplazamiento puede ser:

Temporal: abarca el tiempo en el que dura el conflicto o la situación que lo genera, y un periodo posterior cuando se permite el retorno temporal o definitivo de los afectados, por medio de procesos de retorno generados por la misma organización comunitaria o por las entidades gubernamentales.

 

Desplazamiento definitivo: cuando la gente que ha sido desplazada no retorna a su lugar de origen y se asienta en ciudades o territorios diferentes.

 

Intermitente: cuando en momentos de coyuntura o de conflicto armado las personas se desplazan y después, cuando se recupera el orden civil, regresan a su lugar de origen.

 

Caracterización de la población desplazada

La población víctima de desplazamiento forzado interno en México se caracteriza por ser mayoritariamente rural e indígena (casi 30% en 2021), huyendo de la violencia del crimen organizado, enfrentamientos y conflictos territoriales. Se estima que cientos de miles de personas (380,000 acumulados a 2021) han abandonado sus hogares, principalmente en Chiapas, Michoacán, Guerrero y Chihuahua

 

Los grupos de población desplazada en situación de vulnerabilidad y riesgo social tienden a estar entre los más desprotegidos; son reubicados con medios violentos por razones políticas o étnicas. Al encontrarse atrapados en medio de conflictos, de ataques armados y de violencia física, se ven obligados a huir y, sin documentos, son blanco fácil de detenciones arbitrarias, reclutamientos forzados y asaltos sexuales. (Mesa, 2011)

 

 

 

 

Principales Características de la Población Desplazada:

·       Perfil Sociodemográfico: Familias enteras, incluyendo mujeres, niños y ancianos, principalmente de zonas rurales y comunidades indígenas, que pierden su territorio ancestral, vivienda y medios de subsistencia.

·       Causas Principales: Violencia derivada del crimen organizado (enfrentamientos, amenazas), despojo de tierras, conflictos comunitarios/agrarios y violaciones a los derechos humanos.

·       Impacto y Vulnerabilidad: Las víctimas sufren pérdida de su patrimonio, ruptura del tejido social y enfrentan situaciones de alta vulnerabilidad en los lugares de recepción.

·       Geografía del Desplazamiento: Los estados más afectados son Chiapas (61.8%), Sinaloa (15.5%), Michoacán (5.4%), Chihuahua (5.4%) y Guerrero (4.8%).

·       Reubicación: A menudo, las víctimas se trasladan a otras zonas que también presentan altos índices de violencia o a centros urbanos donde enfrentan precariedad económica, buscando seguridad.

 

El marco jurídico del desplazamiento forzado interno en México se sustenta principalmente en la Ley General de Víctimas de 2013, que reconoce a las víctimas y sus derechos, complementada por los Principios Rectores de la ONU y leyes estatales específicas en estados como Chiapas, Guerrero, Sinaloa y Oaxaca, buscando la prevención, atención y reparación integral.

 

Asimismo, México se guía por los Principios Rectores de los Desplazamientos Internos de la ONU, que establecen derechos a la vida, libertad de circulación, no retorno forzado y seguridad.

 

Causa social. Que representa aquel objetivo social que los agentes políticos identifican como una respuesta conveniente a un problema social.

 

El desplazamiento forzado interno en México no tiene una causa única, sino que es el resultado de una crisis de violencia generalizada y profundas fracturas sociales.

 

Las principales causas sociales y estructurales identificadas por organismos como la Secretaría de Gobernación y el ACNUR son:

 

Violencia por grupos criminales: Es el detonante mayoritario (95% de los casos en algunas regiones). Incluye amenazas, extorsiones ("cobro de piso"), reclutamiento forzado de jóvenes y enfrentamientos por control territorial.

 

 

 

 

Conflictos agrarios y territoriales: Especialmente comunes en estados del sur del país como Oaxaca, Guerrero y Chiapas, donde las disputas por la propiedad de la tenencia de la tierra y la propiedad de los recursos naturales obligan a familias enteras a huir de sus lugares de origen.

 

Tensiones comunitarias y religiosas: Prácticas de exclusión o "castigos colectivos" derivados del incumplimiento de usos y costumbres, así como la intolerancia religiosa en comunidades indígenas.

 

Vulnerabilidad social y pobreza: La falta de presencia estatal y servicios básicos en zonas rurales facilita que los grupos armados tomen el control, dejando a la población sin protección.

 

Discriminación y persecución: Prácticas de segregación por motivos étnicos, raciales, de orientación sexual o identidad de género.

 

Proyectos de desarrollo y desastres: La expropiación de tierras para megaproyectos del gobierno o particulares o el impacto de fenómenos naturales exacerbados por la actividad humana.

 

A pesar de la magnitud del problema, el país aún espera la ratificación de una Ley General sobre Desplazamiento Forzado Interno en el Senado para garantizar una atención integral a las víctimas.

 

El conocimiento de las poblaciones y su estructura por edad y sexo facilita la aproximación a sus características sociales, económicas, productivas y reproductivas. La estructura de la población es el resultado en términos poblacionales de las condiciones de reproducción, crecimiento y muerte de un grupo social determinado en un periodo de tiempo definido. (Riz, 2020)

 

Grupo de destinatarios. Son los individuos, grupos o poblaciones enteras que son el objetivo de la razón de ser del precepto legal.

 

El grupo de destinatarios de una ley de desplazamiento forzado interno en México son aquellas personas o grupos de personas que se ven obligadas a escapar o huir de su hogar o lugar de residencia habitual para evitar los efectos de un conflicto armado, violencia generalizada, violaciones de derechos humanos o desastres naturales, sin cruzar una frontera estatal.

 

 

 

Con base en iniciativas de ley y los Principios Rectores de la ONU, el grupo beneficiario destinatario se desglosa en el grupo de personas que huyen de situaciones de violencia criminal (narcotráfico, extorsión, secuestro, enfrentamientos). Asimismo, las personas desplazadas por conflictos territoriales, políticos o religiosos, particularmente en zonas rurales y comunidades indígenas, las personas afectadas por desastres naturales o provocados por el ser humano.

 

La propuesta de la creación de una Ley de Desplazamiento Forzado Interno debe buscar proteger de manera diferenciada a las niñas, niños y adolescentes, mujeres, especialmente embarazadas o víctimas de violencia de género, así como a las comunidades indígenas y afromexicanas, adultos mayores y personas con enfermedades.

 

La ley también define a los destinatarios de las obligaciones de atención como las autoridades de los tres niveles de gobierno: Federal, estatal y municipal. Las instituciones responsables de la protección: Comisión Mexicana de Ayuda a Refugiados (COMAR), Protección Civil, Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH).

 

La ley debe buscar cubrir no solo a quienes ya fueron desplazados, sino también prevenir nuevos desplazamientos y garantizar la reparación integral y soluciones duraderas.

 

Uno de los aspectos más significativos para un proceso de restablecimiento es la manera como se inserta el desplazado en la vida de la ciudad. Los desplazados solos o en familia ingresan silenciosamente a la ciudad, pasan así de zonas rurales a hacinamientos urbanos, de relaciones de vecinos conocidos por años a relaciones con personas extrañas.

 

Ante este contexto, el desplazado entra en un proceso de Adaptación-Asimilación. En el primero, reconoce su tradición, reconoce su realidad y decide intervenir sobre la dinámica del presente; en el segundo caso, la vida anterior desaparece, se borra o se invisibiliza, para dar paso al modo de vida citadino.

 

Estrategias de cabildeo. Representan el grupo de propuestas o alternativas de acción orientadas a efectuar el cabildeo, la comunicación y la negociación política y las relaciones públicas para alcanzar las metas propuestas.

 

No hay duda de que el desplazamiento ejerce un cambio sobre la persona que lo vive. El cambio no radica en los elementos generalizantes sino en las formas como las personas, ante los estigmas, reeditan un discurso y curso de la vida cotidiana en función de nuevos problemas.

 

 

Un conflicto de lucha, un poco invisible, por el reconocimiento de la importancia en el rol, que cada institución asumía o se le otorgaba en el proceso. Este producto de la falta de orientación del proyecto como un todo en manos de quien le correspondía la mayor responsabilidad: el Estado. (Andreis, 2009)

 

Un plan de cabildeo es crucial para influir estratégicamente en la toma de decisiones públicas, permitiendo a organizaciones y ciudadanos articular intereses, aportar información técnica clave y promover regulaciones favorables de forma ordenada. Asegura la efectividad, transparencia y agilidad en la comunicación con legisladores y funcionarios, mitigando riesgos de opacidad.

 

Al formular un plan de cabildeo para contar con una ley de desplazamiento forzado interno se debe analizar cuáles son los costos tales como el costo económico del retorno de las familias a sus comunidades de origen, considerando que se encuentran en diversos estados, en caso de que no sea posible el retorno seguro a su lugar de origen se requiere la proyección de su reubicación en otra zona de preferencia en su misma entidad. Además, analizar los costos que llevaría el proporcionarles los recursos necesarios de subsistencia (costo de hospitales, escuelas, fuentes de empleo, capacitaciones laborales, asesorías jurídicas).

 

En este sentido, se debe analizar también el costo-beneficio (evaluación de los recursos los recursos y de la mejor forma de utilizarlos con miras a optimización de resultados y minimización de los costos). Asimismo, entraría la intervención de los costos del gobierno del estado en cuanto a los ámbitos que le corresponden además de la evaluación de costos de las dependencias del Gobierno Federal en los rubros donde tienen participación.

 

Una estrategia de cabildeo efectiva para aprobar una Ley General sobre Desplazamiento Forzado Interno (DFI) en México, considerando el contexto actual de violencia y el reconocimiento de este fenómeno por organismos internacionales, debe ser multifactorial, basándose en la evidencia y la presión social organizada. Con más de 390 mil personas desplazadas por conflicto y violencia a finales de 2024, principalmente en Chiapas, Guerrero, Sinaloa, Zacatecas y Oaxaca, la urgencia es clara

 

Las acciones para la estrategia de cabildeo deben ser presionar para la discusión y votación del dictamen de la "Ley General para Prevenir, Atender y Reparar Integralmente el Desplazamiento Forzado Interno", que ya ha tenido iniciativas aprobadas en comisiones.

 

 

 

 

Asimismo, se debe buscar organizar foros con la participación de personas desplazadas para visibilizar sus necesidades y propuestas, integrándolos en la planificación de la iniciativa de ley. Además, se deben publicar informes que visibilicen el impacto diferenciado en comunidades indígenas, mujeres y niños, quienes están en condiciones de alta vulnerabilidad. Otra acción puede ser el utilizar las leyes estatales ya existentes (Chiapas, Guerrero, Sinaloa, Zacatecas, Oaxaca) como modelo para una Ley General federal.

 

El plan de comunicación implica definir el mensaje colectivo, así como las vías de comunicación y la distribución de mensajes, a través de los cuales se intercambiarán o transmitirán los mismos, para lograr la influencia buscada y la respuesta esperada por parte del grupo de destinatarios.

 

Esta estrategia requiere presionar por una ley general que obligue a los tres niveles de gobierno a actuar, superando la fragmentación actual donde solo algunos estados tienen legislación específica.

 

Al existir una ley de desplazamiento forzado interno que pueda no solo atender la causa sino solucionar el conflicto en el que se encuentra este sector de la población, ayudaría con terminar con años de abandono por parte de los gobiernos tanto federal como estatal, ya que finalmente son grupos vulnerables que se encuentran en el abandono y que es primordial su atención.

 

 

 

Conclusión

 

 

  • Conclusiones. Se trata de establecer los alcances y las limitantes de la propuesta formulada.

 

Es posible una solución a este problema planteado siempre y cuando exista un consenso de las autoridades correspondientes y la aprobación de una ley sobre desplazamiento  que establezca como primordial la atención a las personas víctimas de desplazamiento forzado interno como víctimas del abandono de su hogar al que son sometidos por causas ajenas a ellos y se establezcan en este caso con la aprobación de la legislación correspondiente las medidas adecuadas para dotar a los afectados de los medios necesarios para poder subsistir en condiciones adecuadas que les permitan un desarrollo pleno.

 

 

 

 

La cobertura que se busca alcanzar es el retorno seguro o la reubicación de las familias afectadas y que fueron desplazadas de su comunidad por situaciones ajenas a ellos.

 

Las metas esperadas es que los afectados puedan tener un regreso digno y seguro a su lugar de origen, garantizarles las medidas de seguridad necesarias para que puedan vivir con tranquilidad, además de dotarlos de los servicios necesarios como es servicios médicos adecuados que incluyan atenciones médicas o psicológicas en caso de ser necesarios, escuelas para que puedan asistir,

 

El cabildeo permite que la institución articule esfuerzos entre distintas dependencias federales y locales, buscando la implementación de protocolos de seguridad, el retorno digno o la reubicación, superando la debilidad institucional actual.

 

El desplazamiento forzado en México suele invisibilizarse. El cabildeo ayuda a posicionar el tema en la agenda pública y legislativa, logrando que el gobierno reconozca la situación y cree registros nacionales de personas desplazadas.

 

El cabildeo es fundamental para una institución en México dedicada al desplazamiento forzado interno (DFI) porque permite visibilizar una problemática compleja que a menudo carece de atención política adecuada, logrando así influir en la creación de leyes, políticas públicas y la asignación de recursos necesarios para proteger a las personas afectadas. Dada la falta de un marco legal federal integral, la incidencia política es la principal herramienta para obligar al Estado a asumir sus responsabilidades.

 

 

Referencias

 

Referencias

Andreis, A. C. (2009). Desplazamiento interno forzado: restablecimiento urbano e identidad social. Colombia: Universidad del Norte.

Mesa, S. A. (2011). Desplazamiento de poblaciones: un acercamiento contextual y teórico. Colombia: Fondo Editorial Universidad Católica Luis Amigó.

Riz, N. Y. (2020). El desplazamiento forzado: población, territorio y violencia. Colombia: Universidad Nacional de Colombia.

 

 

 

 

 

 


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